El ponderaje de voto.

Se recuerda que para el caso que la persona sea un administrativo y estudiante, deberá votar como estudiante. Si es administrativo y docente, deberá votar como docente. Si es estudiante y docente, deberá votar como docente. Votará con la categoría que recibe el mayor ponderaje de votación.

El voto de un administrativo representa el 10%. El voto de un estudiante representa el 25%. Y el voto de un  docente representa el 65%.

Condiciones para aparecer en el listado de votaciones.

Docentes.

1.     Requisito de haber laborado al menos un año académico: esto se refiere a  la acumulación de dos periodos  a partir del 2009 hasta el presente año. Por ejemplo: dos semestres, o un verano y un semestre, o dos cuatrimestres, o dos módulos, o un módulo y un semestre. Sin importa su denominación, se considera un periodo al intervalo de tiempo en horas de clases impartidas que cubren una materia. Una materia de 3 horas semanales por ejemplo, se imparte en 48 horas en un semestre, e igualmente en 48 horas en un cuatrimestre, y también en un módulo de diplomado. Los dos periodos deben estar terminados, no aplica por ejemplo el segundo semestre actual en licenciaturas, dado que pasadas las votaciones, no ha terminado.

2.     Activo en algún momento del 2013 antes del cierre de los listados de votaciones. (Ver calendario electoral).

Esto significa que si un docente de español impartió clases en Verano, y no fue contratado posteriormente al término de dicho periodo, cumple con el haber estado activo. Todo aquel que impartió o imparte clases actualmente en el 2013, cumple con el requisito de ser un docente activo.

Se considera un docente aquel que está contratado como tal y que se dedique a las actividades de investigación o extensión, aunque no imparta clases.

Estudiantes.

Todo aquel estudiante que en el momento de las votaciones (26 o 29 de octubre) está impartiendo clases y está registrado debidamente, debe aparecer en el listado de votaciones. Por tanto aquellos cursos que terminan antes del día de las votaciones, no habilitan a los estudiantes para participar en las votaciones. En cambio aquellos cursos cuyo periodo sobrepasa el día de las votaciones de su centro de votación, como es el caso del segundo semestre de las licenciaturas, habilita al estudiante para votar.

Administrativos.

Todo aquel funcionario contratado por cualquier modalidad aceptada por las normas del Estado, y antes del cierre del listado oficial de votantes, podrá participar. No se considera el componente de antigüedad.

Todos pueden votar mientras mantengan el contrato vigente, esto implica que aquellos con licencias, vacaciones, permisos u otras acciones de personal que temporalmente alejan al funcionario de sus funciones, pueden votar.

 

 

Para el caso de Panamá, el sitio de votaciones se reparte en tres edificios: edificio 806, edificio 808, y edificio 850. Los docentes y estudiante se asignan según las materias que imparten o reciben. Si la materia pertenece a una carrera de  la Facultad de Salud y Rehabilitación, votará en el edificio 850, si la materia  pertenece a una carrera de la Facultad de Educación Social y Especial, votará en el edificio 806, y si es de postgrado o diplomados, votarán en el edificio 808. En cuanto a los administrativos, votarán en el edificio que laboran, excepto los administrativo del 803 que votarán en el 850, y los administrativos del edificio 809 que votarán en el 806.

Los estudiantes de la Facultad de Salud y Rehabilitación  se les asignaron dos urnas diferentes de votaciones, dado la gran cantidad que representan, una urna por escuela. Otro tanto ocurre en Veraguas.

En Chiriquí existen dos centros de votaciones, uno en la Escuela de Doleguitas y otro en el Edificio Delia Cárdenas. Se espera que los grupos que imparten clases en la Escuela de Doleguitas, voten en dicha área.

 

Como pueden observar, la recolección de la información, que incluye áreas indígenas y de difícil acceso y de facultades y estamentos muy diferentes , más el proceso de la depuración, inevitablemente acarrea errores por muchos esfuerzos invertidos en evitarlos.

De ahí la necesidad que todos los interesados: candidatos, directivos, decanos, enlaces, CELUS de las provincias, estudiantes, docentes y administrativos, revisen los listados o al menos revisar si aparecen en ellos, con el fin de realizar las correcciones a tiempo.

 

 

IMPORTANTE: EL 18 DE OCTUBRE SE CIERRA  LA DEPURACIÓN DEL LISTADO DE VOTANTES, EL CUAL QUEDARÁ COMO QUEDE.  No habrá posibilidades de subsanación o correcciones posteriormente ni se atenderán los reclamos que tengan la finalidad de ser habilitados para votar. Se prohíbe agregar o modificar los listados de votaciones. La excepción es para aquellos funcionarios que colaboran con el proceso electoral, y por motivo de su traslado a otras áreas, se requiere habilitarlos para que ejerzan su voto en dicha área.

 

 

Los listados que el CELU está publicando (su versión segunda), mantienen el estado de preliminar y sujeto a correcciones, que se alimentarán en base de los reclamos y sugerencias recibidas de parte de los interesados, candidatos o directivos.

Reclamos.

Los reclamos en Panamá se deben canalizar mediante el secretario de la Facultad  hacia el Consejo Electoral de UDELAS. También puede ser mediante coordinadores, directores de escuela o el Decanato, pero estos deben ser canalizados por el secretario de la Facultad, el Decano o el Director de la extensión.

En el caso de las extensiones universitarias, se canalizarán mediante el Director de la extensión, el cual lo elevará ante el CELU regional, que en el caso de revisarlo y hallarlo justo, lo enviará al CELU de Panamá para ser incorporados en el listado de votaciones.

Para el caso de los administrativos, sus reclamos se canalizarán mediante su jefe Director de la unidad.

Cualquier reclamo debe estar acompañado por la certificación de la autoridad competente o el documento que sirva de prueba, por ejemplo: recibo de matrícula, horarios firmados por las autoridades que serán revisados ante RRHH, copia de contrato laboral o certificación del RRHH. Toda aquella evidencia necesaria para tomar una decisión rápida.

La información que debe aparecer en el reclamo es la siguiente:

a)     Nombre, apellido, cédula.

b)     Tipo de reclamo:

·         Corrección de nombre, junto con el nombre correcto, el cual debe ser igual a la cédula, con el fin de no tener problemas a la hora de ser identificado el día de las votaciones.

·         Corrección de cédula, junto con el número de cédula.

·         Corrección de la categoría de votante, y a continuación señalar si es docente, administrativo o estudiante.

·         Se declara que no aparece.

·         Corrección del lugar de votaciones o solicitar votar en otra parte.

Las correcciones o reclamos deben ir acompañadas de copia de los documentos o de las certificaciones, todas ellas estarán sujetas a comprobaciones. Por ejemplo copia de cédula, recibo de matrícula, horario docente, contrato, y otros que consideren necesarios. Se advierte que cualquier intento de confundir al Consejo Electoral con el fin de lograr habilitar a una persona para votar, se considerará una acción de fraude y se aplicarán las sanciones respectivas, además de la amonestación pública.

Aquellas personas con documento de identidad extranjero o que han cambiado los datos de su cédula, es importante que revisen su datos en el listado, es muy posible que la identificación se encuentre errada.